Articulo 26 Carrera horizontal y evaluación del desempeño del personal funcionario de carrera
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»Artículo 26. Transferencia del conocimiento.
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1. A efectos de este Decreto se entiende por Transferencia del conocimiento el conjunto de actividades realizadas por los funcionarios dirigidas tanto a la transmisión, como a la difusión del conocimiento técnico en materias propias de los distintos ámbitos profesionales de la administración pública.
2. La Transferencia del conocimiento comprenderá los siguientes ámbitos de valoración:
a) Transmisión del conocimiento
b) Difusión del conocimiento.
