Artículo 26 medidas dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en las Illes Balears
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»Artículo 26. Medidas fiscales de fomento de la conciliación para los trabajadores autónomos
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De conformidad con lo previsto en el artículo anterior, la administración promoverá incentivos fiscales que fomenten la conciliación de los trabajadores autónomos.
