Artículo 26 ORDEN MAT/89... 2026-2027

Artículo 26. ORDEN MAT/897/2026, de 5 de junio, Aragón, Plan General de Caza para la temporada 2026-2027

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Artículo 26. Centros de expedición de conejos.

Vigente

1. Se autoriza el mantenimiento de conejos vivos capturados en distintos terrenos y municipios en los "Centros de expedición de conejos".

2. Estos centros, tras su inscripción en el "Registro General de explotaciones ganaderas" de Aragón, dispondrán de número REGA.

3. Desde estos centros se podrán expedir partidas de conejos vivos fuera de Aragón acompañados de sus correspondientes certificados sanitarios. Para la expedición de conejos vivos dentro de Aragón se estará a lo dispuesto en el artículo 25.