Artículo 26. Real Decreto 189/2026, de 11 de marzo
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»Artículo 26. Fase de la Unión del procedimiento de cancelación.
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1. El envío a la Comisión Europea de la solicitud de cancelación se llevará a cabo,mutatis mutandis, conforme a lo establecido en el artículo 9.
2. La solicitud de suspensión del examen de la Comisión Europea de la solicitud de cancelación se llevará a cabo,mutatis mutandis, conforme a lo establecido en el artículo 10.
3. El examen por la Comisión Europea se llevará a cabo,mutatis mutandis, conforme a lo establecido en el apartado 1 del artículo 11.
4. El procedimiento nacional en el procedimiento de oposición de la Unión se llevará a cabo,mutatis mutandis, conforme a lo establecido en los apartados 1, 2 y 3 del artículo 12.
