Articulo 26 Reglamento interno de la Fiscalía Europea
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Artículo 26. Selección y nombramiento de los fiscales adjuntos al fiscal general europeo

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1. Cuando el cargo de fiscal adjunto al fiscal general europeo quede vacante o vaya a quedar vacante en los tres meses siguientes, el fiscal general europeo informará sin dilación al Colegio de la vacante e invitará a cualquier fiscal europeo interesado a presentar su candidatura, junto con una declaración de motivación. El nombramiento de un fiscal adjunto al fiscal general europeo tendrá lugar a más tardar tres meses después del anuncio de la vacante al Colegio. Las candidaturas se aceptarán hasta dos semanas antes de la reunión programada por el Colegio para el nombramiento.

2. A más tardar una semana antes de la reunión programada por el Colegio para el nombramiento del fiscal adjunto al fiscal general europeo, este propondrá al Colegio un candidato para ese nombramiento de entre las candidaturas recibidas. El fiscal general europeo adjuntará al orden del día la candidatura y la declaración de motivación presentada por el candidato propuesto al Colegio.

3. Tras las presentaciones del candidato, todos los miembros del Colegio votarán por votación secreta.

4. Si es necesario nombrar simultáneamente a dos fiscales adjuntos al fiscal general europeo, se aplicará el procedimiento descrito en los apartados 1 a 3 del presente artículo en consecuencia.