Articulo 265 Código aduanero de la Unión Europea
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»Artículo 265. Delegación de poderes
Vigente
Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar actos delegados con arreglo al artículo 284, con el fin de determinar
a) el plazo específico, a que se refiere el artículo 263, apartado 1, en que deberá presentarse la declaración previa a la salida antes de que las mercancías salgan del territorio aduanero de la Unión teniendo en cuenta el tipo de tráfico;
b) los casos específicos en que se dispense de la obligación de presentar una declaración previa a la salida de conformidad con el artículo 263, apartado 2, letra b).
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 10-10-2013 en vigor desde 30-10-2013