Articulo 265 Reforma del Reglamento de la Asamblea
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»Artículo 265. Debate del dictamen en Pleno.
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1. El debate del dictamen en el Pleno se desarrollará con la intervención de un representante de cada grupo parlamentario durante un tiempo máximo de diez minutos; seguidamente, será sometido a votación.
2. El acuerdo del Pleno sobre la ejecución del presupuesto de la comunidad será comunicado a la Junta de Extremadura y publicado en el Boletín Oficial de la Asamblea de Extremadura y en el Diario Oficial de Extremadura.
