Artículo 266 Normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión -versión refundida-
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»Artículo 266. Calendario del procedimiento de aprobación de la gestión presupuestaria
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1. El Parlamento Europeo, por recomendación del Consejo, que decidirá por mayoría cualificada, aprobará, antes del 15 de mayo del ejercicio n + 2, la gestión de la Comisión en la ejecución del presupuesto del ejercicio n.
2. Cuando el plazo previsto en el apartado 1 no pueda respetarse, el Parlamento Europeo o el Consejo informará a la Comisión de los motivos del aplazamiento de la decisión.
3. En el supuesto de que el Parlamento Europeo aplazase la decisión sobre aprobación de la gestión presupuestaria, la Comisión procurará adoptar, lo antes posible, las medidas idóneas que eliminen o faciliten la eliminación de los obstáculos a esa decisión.
