Articulo 266 Ordenación t...rbanística

Articulo 266 Ordenación territorial y urbanística

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Artículo 266. Efectos y control.

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1. La licencia urbanística legitima para la realización de su objeto desde la fecha en que se dicte el correspondiente acto administrativo, sin perjuicio de la notificación y de los efectos que se derivan de la misma con arreglo a la legislación de procedimiento administrativo común.

2. La obtención de licencia básica habilitará al interesado para la ejecución de las obras amparadas en la misma, sin perjuicio de que, durante dicha ejecución, el procedimiento de licencia deberá continuar hasta obtenerse la validación del resto de parámetros urbanísticos necesarios, mediante la obtención de la correspondiente licencia urbanística y demás autorizaciones, previa presentación de la documentación exigida por el ayuntamiento.

3. En el supuesto que el promotor solicite licencia básica, la licencia urbanística podrá presentarse de forma simultánea y, en todo caso, en el plazo máximo de tres meses desde el inicio de las obras, debiendo acompañarse de la documentación requerida por el ayuntamiento que acredite la adecuación a la normativa urbanística del resto de aspectos del proyecto no verificados con anterioridad.

4. La comunicación previa y la declaración responsable legitiman para la realización de su objeto desde el día de la presentación de la totalidad de la documentación requerida en el registro general del municipio.

5. El ayuntamiento dispondrá de quince días hábiles siguientes a la declaración responsable o comunicación previa para:

a) Indicar al interesado la necesidad de solicitar licencia o declaración responsable, en su caso.

b) Requerir al interesado la ampliación de la información facilitada, en cuyo caso se interrumpirá el cómputo del plazo, reiniciándose una vez cumplimentado el requerimiento.

6. El ayuntamiento deberá inspeccionar los actos de transformación, construcción, edificación y uso del suelo y el subsuelo a fin de comprobar que se realizan de conformidad con la licencia o el contenido de la declaración responsable o comunicación previa y en todo caso con arreglo a la normativa urbanística aplicable.

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