Artículo 268 bis Ley de E...ento Civil

Artículo 268 bis. Presentación de documentos por medios electrónicos.

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Artículo 268 bis. Presentación de documentos por medios electrónicos.

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La presentación de documentos por medios electrónicos se ajustará en todo caso a lo que determine la Ley que regule el uso de las tecnologías en la Administración de Justicia.