Artículo 269 quater. Habilitación como entidad colaboradora de certificación urbanística.
Artículo 269 quater. Habilitación como entidad colaboradora de certificación urbanística.
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1. Las entidades colaboradoras de certificación urbanística, para ser habilitadas, deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar acreditadas por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) como entidades de inspección Tipo A conforme a la norma UNE-EN ISO/IEC 17020.
b) Contar con al menos con un profesional que reúna las exigencias de carácter profesional establecidas en el artículo 10 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación y acreditar una experiencia profesional un mínimo de cinco años en la materia correspondiente.
c) Contar con al menos un Abogado, legalmente habilitado para ello, con experiencia acreditada por un período mínimo de cinco años en las siguientes funciones: asesoramiento jurídico en materia de planeamiento, gestión y disciplina urbanística o aspectos jurídico-técnicos en materia de construcción, edificación y urbanización.
d) Tener suscrito seguro de responsabilidad civil por cuantía mínima de 1.000.000 de euros, que debe incluir las actividades que se desarrollan como entidad colaboradora de certificación urbanística. Dicha cuantía no será limitativa de la responsabilidad.
e) Acreditación de contar con un procedimiento gratuito de reclamaciones que garantice a los interesados la adecuada defensa de sus derechos e intereses legítimos.
f) Declaración de disponer de un sistema de atención al cliente que garantice la atención en todo el ámbito territorial regional.
2. Los profesionales titulados integrados en colegios profesionales habilitados como entidad colaboradora de certificación urbanística, deberán cumplir los requisitos específicos sobre experiencia profesional y responsabilidad profesional de conformidad con esta Ley.
- Artículo modificado (269 quater (se añade)) por Decreto-ley n.º 1/2025, de 5 de junio, de Simplificación Administrativa de la Región de Murcia.
(MU de 07-06-2025) en vigor desde 08-06-2025
