Articulo 27 Acogimientos ... desamparo

Articulo 27 Acogimientos familiares de menores en situación de riesgo o de desamparo

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Artículo 27. -Efectos de la inscripción registral.

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1. La inscripción registraldel ofrecimiento tiene como único efecto dejar constancia de la disponibilidad de las personas a las que se refiera para el acogimiento familiar de menores.

2. La inscripción registralno crea derecho o expectativa alguna, ni presupone el formal reconocimiento de capacidad y aptitud para el acogimiento familiar de menores, aspectos que habrán de ser valorados en su momento en el proceso de selección de acogedores y en relación con las condiciones y necesidades que cada concreto menor presente.