DECRETO 37/2006, de 25 de mayo, por el que se regulan los acogimientos familiares de menores en situación de riesgo o de desamparo. - Boletín Oficial de Castilla y León de 31-05-2006
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Histórico
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Ambito: Castilla y León
Estado: VIGENTE. Validez desde 16 de Enero de 2026
F. entrada en vigor: 01/06/2006
Órgano emisor: CONSEJERIA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León Número 104
F. Publicación: 31/05/2006
- Las referencias contenidas en este decreto a solicitudes de adopción o de acogimiento y a solicitantes de adopción o de acogimiento, se entenderán referidas a ofrecimientos de adopción o de acogimiento o a personas que se ofrecen para el acogimiento o para la adopción. - DECRETO 2/2026, de 8 de enero, por el que se modifica el Decreto 37/2004, de 1 de abril, por el que se regulan los requisitos mínimos y específicos de autorización para la apertura y funcionamiento de los centros destinados a la atención a menores con medidas o actuaciones de protección, el Decreto 37/2005, de 12 de mayo, por el que se regulan los procedimientos administrativos y otras actuaciones complementarias en relación con la adopción de menores y el Decreto 37/2006, de 25 de mayo, por el que se regulan los acogimientos familiares de menores en situación de riesgo o de desamparo.
Preámbulo
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. -Objeto.
Artículo 2.-Ámbito de aplicación.
Artículo 3.-Marco normativo.
CAPÍTULO II. Régimen general de los acogimientos familiares
SECCIÓN 1.ª De la finalidad y contenido del acogimiento familiar
Artículo 4.-Finalidad general del acogimiento familiar.
Artículo 5.-Contenido general y efectos del acogimiento familiar.
Artículo 6.-Facultades, obligaciones generales, derechos y deberes de los acogedores.
Artículo 7. -Facultades, deberes y derechos de los padres o tutor del menor.
SECCIÓN 2.ª De las modalidades y tipos del acogimiento familiar
Artículo 8. -Modalidades de acogimiento familiar.
Artículo 9. -Tipos de acogimiento familiar.
SECCIÓN 3.ª De las funciones del acogimiento familiar
Artículo 10. -Función general del acogimiento familiar.
Artículo 11.-Función específica del acogimiento familiar.
SECCIÓN 4.ª De los principios y criterios de aplicación del acogimiento familiar
Artículo 12. -Principios y criterios de aplicación.
Artículo 13.-Criterios de actuación.
Artículo 14.- Menores con condiciones especiales.
CAPÍTULO III. Promoción de acogedores
Artículo 15. -Sensibilización social y promoción.
Artículo 16.-Información a los interesados.
CAPÍTULO IV. Suscripción, recepción y estudio inicial de comprobación de los ofrecimientos para el acogimiento familiar
Artículo 17.-Requisitos y compromisos.
Artículo 18. -Suscripción de ofrecimientos.
Artículo 19.-Estudio técnico inicial de comprobación.
Artículo 20.-Informe resumen y recopilación de la documentación.
CAPÍTULO V. Formación de acogedores
Artículo 21. -Obligatoriedad de la formación.
Artículo 22.-Contenidos de la formación.
Artículo 23.-Estructura y desarrollo del proceso de formación.
Artículo 24.-Gratuidad de la formación.
Artículo 25.-Acreditación de la formación.
CAPÍTULO VI. Inscripción de ofrecimientos en el Registro de Atención y Protección a la Infancia
Artículo 26.-Inscripción registral de los ofrecimientos.
Artículo 27. -Efectos de la inscripción registral.
Artículo 28.-Suspensión de la inscripción registral.
Artículo 29.-Cancelación de la inscripción registral.
CAPÍTULO VII. Selección de acogedores
Artículo 30.-Principio general de selección.
Artículo 31.-Supuestos de exclusión del proceso de selección.
Artículo 32.-Inicio del procedimiento y comunicación del caso.
Artículo 33.-Estudio valorativo de casos y preselección.
Artículo 34.-Condiciones y aspectos a valorar.
Artículo 35. -Información a los candidatos y aceptación inicial.
Artículo 36.-Ofrecimientos no adecuados.
Artículo 37.-Elaboración y remisión de los informes de preselección.
Artículo 38.-Comprobaciones en los acogimientos en familia extensa.
Artículo 39.-Estudio y propuesta de selección por la Comisión de Valoración.
Artículo 40.-Criterios específicos y de preferencia.
Artículo 41. -Resolución de selección y notificación de la misma.
CAPÍTULO VIII. Actuaciones de preparación
Artículo 42.-Preparación de los padres o tutor.
Artículo 43.-Preparación de los acogedores.
Artículo 44.-Preparación y programa de acoplamiento del menor.
Artículo 45.-Coordinación de las actuaciones de preparación.
CAPÍTULO IX. Formalización del acogimiento familiar
Artículo 46.-Consentimiento de los padres o tutor.
Artículo 47.-Formalización del acogimiento administrativo.
Artículo 48.-Propuesta para la constitución del acogimiento judicial.
Artículo 49.-Otras propuestas en supuestos especiales.
Artículo 50.-Modificación del acogimiento ya formalizado.
CAPÍTULO X. Desarrollo del acogimiento familiar
Artículo 51.-Normas generales para el desarrollo del acogimiento.
Artículo 52.-Seguimiento del acogimiento.
Artículo 53.-Evaluación continuada de la intervención.
Artículo 54.-Recogida de la información relativa al menor por los acogedores.
Artículo 55.-Duración del acogimiento.
Artículo 56.-Preparación del menor para la finalización del acogimiento.
Artículo 57.-Cese del acogimiento.
CAPÍTULO XI. Apoyos al acogimiento familiar
Artículo 58.-Apoyos generales a la función acogedora.
Artículo 59.-Actuaciones de apoyo específico.
Artículo 60. -Ayuda económica compensatoria.
Artículo 61.-Apoyos en los acogimientos de menores con condiciones especiales.
CAPÍTULO XII. Colaboración, coordinación general y evaluación del programa de acogimientos familiares
Artículo 62.-Entidades colaboradoras en el acogimiento familiar.
Artículo 63.-Asociacionismo de familias y personas acogedoras.
Artículo 64.-Medidas de coordinación.
Artículo 65.-Planificación y evaluación del programa de acogimientos familiares.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1.ª-Prolongación de actuaciones tras la mayoría de edad.
D.A. 2.ª-Delegación de la guarda para estancias temporales.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA.-Procedimientos en tramitación.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.-Cláusula derogatoria.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª.-Modificación del Decreto 100/2003, de 28 de agosto, por el que se regula la organización y funcionamiento del Registro de Atención y Protección a la Infancia.
D.F. 2ª.-Desarrollo normativo.
D.F. 3ª.-Entrada en vigor.

