Articulo 27 Ciencia y Tecnología

Articulo 27 Ciencia y Tecnología

Ver Indice
»

Artículo 27. Convocatorias públicas de ayuda a la I+D+i.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


1. Las ayudas a las actividades de I+D+i se otorgarán con carácter general por convocatoria pública.

2. Las convocatorias deberán alinearse con el Plan de ciencia, tecnología e innovación de Navarra y los ejes prioritarios de la política de investigación nacional y europea, y potenciarán la sinergia con otros fondos de ámbito estatal o europeo. Asimismo deberán incorporar cláusulas destinadas a la eliminación de la brecha de género en este ámbito.

3. Las convocatorias financiarán agentes, personal investigador, proyectos de I+D+i o infraestructuras de I+D+i que respondan a las necesidades y retos de la sociedad establecidos en el Plan de ciencia, tecnología e innovación, fomentando la estabilidad laboral y el crecimiento del empleo en los ámbitos de la tecnología y la investigación.

4. Para favorecer la transferencia del conocimiento, las ayudas promoverán los proyectos de investigación conjuntos entre empresas, centros tecnológicos, centros de investigación, institutos de investigación sanitaria, centros del Departamento de Salud y universidades, con el objetivo añadido de asegurarles estabilidad en todos los ámbitos.

5. Las convocatorias podrán financiar un porcentaje de gastos indirectos de los agentes del sistema de I+D+i en línea con los porcentajes financiados de gastos indirectos en las convocatorias europeas.

Modificaciones