Artículo 27 del Convenio ...e la renta

Artículo 27 del Convenio hecho en Brasilia el 14 de Nov de 1974 entre el Estado Español y la R.F. del Brasil para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta

Ver Indice
»

Artículo 27. Funcionarios diplomáticos y consulares.

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Las disposiciones del presente Convenio no afectan a los privilegios fiscales que disfrutan los funcionarios diplomáticos o consulares de acuerdo con los principios generales del Derecho Internacional o en virtud de acuerdos especiales.