Articulo 27 Plan para Derecho a la Vivienda
Artículo 27. El programa de fomento de la rehabilitación
El programa de fomento de la rehabilitación té por objeto establecer las actuaciones susceptibles de recibir ayudas para su financiación, las modalidades de las ayudas, y las condiciones y requisitos para acceder a estas, sin perjuicio de la concreción del procedimiento de concesión en las bases reguladoras y en las convocatorias correspondientes.
De conformidad con el artículo 35.1 de la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda, este programa contiene medidas específicas para fomentar la rehabilitación del parque de viviendas y de edificios de viviendas, para el periodo de vigencia de este Decreto.
También incorpora el sistema de colaboración entre las administraciones para fomentar las actuaciones de rehabilitación y conservación del parque inmobiliario residencial, de acuerdo con el artículo 29 de la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda.
- Texto Original. Publicado el 29-05-2014 en vigor desde 18-06-2014