Articulo 27 Plan director...atura 2000

Articulo 27 Plan director de la Red Natura 2000

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Artículo 27. Usos prohibidos

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Se considera uso prohibido aquel que sea susceptible de causar perjuicio a la integridad del lugar o sobre el estado de conservación de los componentes clave para la biodiversidad (hábitats y especies protegidos) y, por consiguiente, es contrario a los objetivos de conservación de la Red Natura 2000, con excepción de los supuestos en los que resultara de aplicación lo preceptuado en los apartados 5, 6 y 7 del artículo 45 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre.