Articulo 27 Régimen Administrativo y Fiscal del Juego
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 27. Juego del bingo.
Vigente
Juego en la que se otorgan premios en metálico en los casos en que los números, los gráficos, o ambos, expresados en el cartón o su equivalente electrónico, en poder del participante en el juego, coinciden con alguna de las combinaciones susceptibles de obtener premio y que se obtienen mediante un sorteo celebrado a estos efectos en el que están presentes la totalidad de los números y gráficos del juego.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-07-2021 en vigor desde 30-01-2022