Artículo 27 Requisitos esenciales de aeronavegabilidad de las aeronaves ultraligeras motorizadas (ULM) y modificación del Reglamento para la Construcción de Aeronaves por Aficionados
Artículo 27. Cambios en el diseño para las declaraciones de cumplimiento del diseño.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Solo el titular de una declaración de cumplimiento del diseño registrada puede introducir cambios al diseño.
2. Los cambios al diseño declarado se clasifican en menores o mayores con el mismo criterio que se indica en el artículo 24.
3. Antes de instalar o incorporar un cambio menor al diseño de una aeronave para la que se ha declarado el cumplimiento del diseño, el titular deberá dirigir a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, en su caso, en el modelo puesto a disposición de los interesados a través de su portal de internet, una declaración de cumplimiento del cambio con las especificaciones técnicas detalladas recogidas en la declaración de cumplimiento del diseño, o con las listadas por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea como medios aceptables de cumplimiento en la fecha de presentación de la declaración de cumplimiento del cambio al diseño.
4. El declarante deberá, para el caso de los cambios menores:
a) Mantener un registro de las declaraciones y proporcionarlas a requerimiento de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea;
b) Conservar toda la documentación que soporta la declaración y proporcionarla a requerimiento de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea; y
c) Asumir las mismas obligaciones sobre los cambios como titular de una declaración de cumplimiento del diseño registrada.
5. Antes de instalar o incorporar un cambio mayor al diseño de una aeronave para la que se ha declarado el cumplimiento del diseño, debe ser presentada a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, una declaración de cumplimiento de diseño para el cambio, como si se tratara de una nueva declaración de cumplimiento del diseño, aunque limitándose únicamente a los aspectos afectados por el cambio.
Podrán admitirse como especificaciones técnicas detalladas para las que se declara el cumplimiento del diseño para el cambio las recogidas en la declaración de cumplimiento del diseño original o consideradas como medios aceptables de cumplimiento por el órgano competente de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea en la fecha de presentación de la declaración de cumplimiento de diseño para el cambio.
