Articulo 271 TR de la Ley... y paisaje

Articulo 271 TR. de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje

Ver Indice
»

Artículo 271. La prescripción de la sanción.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Las sanciones graves y muy graves prescriben a los cuatro años, y las leves al año.

2. El plazo de prescripción de las sanciones comenzará a contarse desde el día siguiente a aquél en que adquiera firmeza la resolución por la que se impone la sanción.