Articulo 275 Reglamento d... Urbanismo

Articulo 275 Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo

Ver Indice
»

Artículo 275.Vigencia.

Derogado

Los instrumentos de ordenación urbanística tendrán vigencia indefinida, sin perjuicio de su modificación y revisión (art. 98 TROTU).