Artículo 28 bis Reglamento de vacaciones, licencias y permisos del personal funcionario
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»Artículo 28 bis. Permiso retribuido para efectuar una donación de sangre o componentes sanguíneos.
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El personal funcionario, previa justificación, tendrá derecho a disfrutar de un permiso retribuido por el tiempo indispensable para efectuar una donación de sangre o componentes sanguíneos.
Modificaciones
- Artículo modificado (28 bis (se añade)) por DECRETO FORAL 71/2017, de 23 de agosto, por el que se modifica el Reglamento de vacaciones, licencias y permisos del personal funcionario de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral 11/2009, de 9 de febrero.
(NA de 31-08-2017) en vigor desde 01-09-2017
