Articulo 28 Medidas urgen...e Canarias

Articulo 28 Medidas urgentes en materia de vivienda de Canarias

Ver Indice
»

Artículo 28. Iniciativa privada sobre suelo público.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Las personas físicas o jurídicas podrán promover la construcción de viviendas protegidas sobre espacios de titularidad pública que puedan ser óptimos para albergar esa clase de viviendas.

2. A los efectos previstos en este artículo cualquier promotor puede presentar una consulta ante la Administración titular del suelo público al objeto de conocer la voluntad de la Administración de posibilitar la iniciativa privada. En caso de que la Administración valore favorablemente la iniciativa, deberá convocar el oportuno concurso para seleccionar al adjudicatario.