Articulo 28 Tasas y Precios Públicos y otras medidas tributarias
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»Artículo 28. Administración.
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La gestión y administración de los precios públicos corresponde a las consejerías, a los organismos o entes públicos vinculados o dependientes de ellas, que efectúen las entregas de bienes, presten los servicios o realicen las actividades determinantes de su exacción, sin perjuicio de las facultades de dirección, coordinación y control que el texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha atribuye a la consejería competente en materia de hacienda.
