Articulo 286 Ley de Sociedades de Capital
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Artículo 286. Propuesta de modificación.

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Los administradores o en su caso, los socios autores de la propuesta deberán redactar el texto íntegro de la modificación que proponen y, en las sociedades anónimas, deberán redactar igualmente un informe escrito con justificación de la misma.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-07-2010 en vigor desde 01-09-2010