Articulo 286 TR Ley de Urbanismo
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Articulo 286 TR. Ley de Urbanismo

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Artículo 286. Ejecución forzosa.

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El órgano que haya impuesto la sanción podrá proceder a la ejecución forzosa de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores mediante apremio sobre el patrimonio, cuando la resolución del expediente sancionador acuerde la imposición de una o varias multas y éstas no sean abonadas en periodo voluntario, siguiéndose el procedimiento establecido por las normas reguladoras del procedimiento recaudatorio en vía de apremio.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-07-2014 en vigor desde 20-11-2014