Artículo 29 Agentes Medioambientales de Andalucía
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»Artículo 29. Régimen disciplinario del personal funcionario de los Cuerpos de Agentes Medioambientales.
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El régimen disciplinario del personal funcionario de los Cuerpos de Agentes Medioambientales se regirá por lo dispuesto en el Título XII de la Ley 5/2023, de 7 de junio.
