Articulo 29 Establecimientos de alojamiento en la modalidad de vivienda de uso turístico
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»Artículo 29. Desistimiento del servicio contratado.
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1. Cuando el turista abandone la vivienda de uso turístico antes de la fecha fijada para la salida, la empresa podrá pedir hasta el 50% del precio total de los servicios que queden por utilizar, salvo pacto específico entre las partes.
2. No procederá el cobro de cantidad alguna cuando el turista abandone la vivienda de uso turístico por causa de fuerza mayor, debidamente acreditada.
