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Articulo 29 Gestión documental, organización y funcionamiento de los archivos de la Generalitat

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Artículo 29. Captura de los documentos

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1. La captura es el procedimiento de integración de los documentos en el Sistema de Gestión Documental, ya sea mediante su recepción o su creación. Este proceso debe garantizar la identificación unívoca de los documentos mediante la asignación de un identificador o código de referencia único.

2. Las personas gestoras en el momento de la captura, independientemente de si esta se realiza de forma automatizada o manual, deben establecer una relación entre el documento, su productor o creador y el contexto en el que se generó. Esta relación se establecerá con la descripción y clasificación en el caso de los documentos en soporte papel y la asignación de metadatos cuando se trate de documentos electrónicos.

3. Los documentos creados contendrán los elementos de autenticación necesarios: la fecha, sello y firma. En el caso de los documentos electrónicos se firmarán electrónicamente o con cualquier otro elemento de validación que esté validado por la legislación vigente.

4. La captura del documento se debe completar con la datación, el registro, la clasificación y la apertura o inclusión en un expediente.

5. Para el procedimiento de captura de los documentos electrónicos se seguirá lo establecido en la normativa que regula la gestión de los documentos electrónicos de la Generalitat.