Articulo 29 Planificación...botiquines

Articulo 29 Planificación farmacéutica y requisitos, personal y autorizaciones de las oficinas de farmacia y botiquines

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Artículo 29. Controles.

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1. Control de caducidad. El farmacéutico titular garantizará que no se encuentran productos caducados fuera de la zona de almacenamiento destinada a éstos, para lo cual se deberán revisar las caducidades de los medicamentos y productos farmacéuticos existentes en la oficina de farmacia.

2. Control de temperatura para productos termolábiles. El farmacéutico titular, una vez recepcionados los productos termolábiles, y comprobado que se encuentren en condiciones adecuadas, tomará las medidas oportunas para que se mantenga la cadena de frío.

3. El farmacéutico titular deberá garantizar que la temperatura de las zonas de recepción, revisión y almacenamiento de medicamentos y productos sanitarios y de análisis y elaboración de fórmulas magistrales y preparados oficinales sea la adecuada para la conservación de los medicamentos y productos sanitarios, así como, en su caso, de la zona de preparación de sistemas personalizados de dosificación.

4. Control de recetas dispensadas. El titular de la oficina de farmacia realizará un control diario de todas las recetas dispensadas.