Articulo 29 Protección de...irculación

Articulo 29 Protección de datos de las personas físicas respecto de su tratamiento por los organismos comunitarios y su libre circulación

Ver Indice
»

Artículo 29. Obligación de información

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Las instituciones y los organismos comunitarios informarán al Supervisor Europeo de Protección de Datos de las medidas que se adopten a raíz de las decisiones o autorizaciones de este último contempladas en la letra h) del artículo 46.