Articulo 29 Reglamento sobre protección de la legalidad urbanística
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»Artículo 29. Resolución
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29.1 El plazo para otorgar la licencia urbanística de parcelación o para declarar la innecesariedad o manifestar su disconformidad es de un mes.
29.2 La resolución municipal que otorgue la licencia urbanística de parcelación o que declare se innecesariedad debe incorporar anexa una copia certificada del plano parcelario correspondiente y de las fichas descriptivas de los lotes resultantes.
