Artículo 29. Reglamento (UE) 2026/715, de 11 de marzo de 2026, DOUE
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»Artículo 29. Símbolo de registro.
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El titular de un diseño de la UE registrado podrá informar al público de que el diseño está registrado mostrando la letra d rodeada por un círculo (IMAGEN OMITIDA) en el producto al que se ha incorporado o aplicado el diseño. Tal indicación del diseño podrá ir acompañada del número de registro del diseño o contener un hiperenlace a la inscripción del diseño en el Registro.
