Articulo 291 Ley de Sociedades de Capital
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Artículo 291. Nuevas obligaciones de los socios.

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Cuando la modificación de los estatutos implique nuevas obligaciones para los socios deberá adoptarse con el consentimiento de los afectados.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-07-2010 en vigor desde 01-09-2010