Articulo 296 Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo
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»Artículo 296.Régimen jurídico del suelo.
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El régimen urbanístico del suelo será el establecido, en el marco de la legislación estatal y de acuerdo con ella, en la normativa urbanística y de ordenación del territorio del Principado de Asturias, así como en el planeamiento, en función de la clasificación y la calificación urbanística de los predios (art. 111 TROTU).
