Articulo 3 Cooperación al...Valenciana

Articulo 3 Cooperación al Desarrollo de C. Valenciana

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Artículo 3. Principios

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La cooperación al desarrollo impulsada desde La Generalitat y por las otras instituciones, entidades y administraciones públicas de la Comunitat Valenciana, expresión del compromiso solidario del pueblo valenciano con los sectores sociales más desfavorecidos de los países y pueblos estructuralmente empobrecidos, se fundamenta en los principios siguientes:

a) El reconocimiento del ser humano en su dimensión individual y colectiva, como protagonista y destinatario último de la política de cooperación para el desarrollo.

b) La defensa y promoción de los derechos humanos y las libertades fundamentales, en aras al reconocimiento de su carácter de bienes públicos globales.

c) La promoción del desarrollo humano sostenible que fomente una redistribución equitativa de la riqueza y favorezca el acceso de su población en condiciones de igualdad a los servicios sociales básicos.

d) La necesidad de la participación endógena de las comunidades de origen y actores locales en la propia definición y ejecución de las intervenciones de desarrollo, respetando su identidad cultural.

e) La defensa y promoción de los colectivos más desfavorecidos o de los que sufren discriminaciones por razón de sexo, raza, etnia, religión o convicciones, discapacidad, edad o de cualquier otra índole.

f) La cultura de la prevención, el diálogo y la resolución pacífica de los conflictos y tensiones sociales, que originen el arraigo de la paz y la convivencia.

g) La ratificación de la obligación de los países desarrollados de contribuir a erradicar la pobreza en el mundo, desde la coordinación sinérgica de sus políticas de cooperación.

h) La consideración del medio ambiente como patrimonio de la humanidad a preservar para las generaciones futuras.

Modificaciones