Articulo 3 Creación de la sede electrónica de esta Diputación Foral
Artículo 3. Características de la sede electrónica.
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La sede electrónica de la Diputación Foral de Álava se crea con las siguientes características:
a) Su identificación se lleva a cabo mediante un certificado de sede electrónica.
b) Está disponible para toda la ciudadanía de forma gratuita y permanente.
c) La Diputación Foral de Álava responde de la integridad, veracidad y actualización de la información y de los servicios a los que pueda accederse a través de la misma.
d) Se rige por los principios de publicidad oficial, responsabilidad, calidad, seguridad, disponibilidad, accesibilidad, neutralidad e interoperabilidad.
e) Dispone de sistemas que permiten el establecimiento de comunicaciones seguras siempre que sean necesarias.
f) Asegura la accesibilidad y usabilidad de acuerdo con las normas establecidas al respecto, estándares abiertos y, en su caso, aquellos otros que sean de uso generalizado por la ciudadanía.
g) Habilita a las personas usuarias de la sede a autorizar a otras para realizar determinados trámites telemáticos con los mismos efectos que si los hubieran realizado ellas.
h) Garantiza el acceso a sus contenidos y servicios en euskera y castellano.
i) Establece medidas que permiten diferenciar a la persona usuaria si se encuentra en la sede electrónica o en el resto del Portal https://web.araba.eus.
j) Incluirá progresivamente todas las actuaciones, procedimientos y servicios que requieran la autenticación de la ciudadanía ante la Diputación Foral de Álava, relacionarse con ésta por medios electrónicos, así como aquellos otros respecto a los que se decida su inclusión en la sede por razones de oportunidad, eficacia o calidad en la prestación de servicios a la ciudadanía.
k) La dirección electrónica de referencia de la sede electrónica de la Diputación Foral de Álava será https://egoitza.araba.eus, accesible directamente o a través del portal de Internet https://web.araba.eus.
- Artículo modificado (3) por Decreto Foral 55/2021, del Consejo de Gobierno Foral de 28 de diciembre. Aprobar la modificación del Decreto Foral del Consejo de Gobierno 26/2011, de 5 de abril
(VI de 05-01-2022) en vigor desde 06-01-2022
