Articulo 3 Declaración de...ntralizada

Articulo 3 Declaración de bienes y servicios de contratación centralizada

Ver Indice
»

Artículo 3. Procedimiento de contratación.

Derogado
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


La contratación de los bienes y servicios declarados de contratación centralizada será efectuada por la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación mediante la celebración de acuerdos marco, la articulación de sistemas dinámicos de adquisición o la conclusión de contratos que se adjudicarán con arreglo a las normas procedimentales contenidas en el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

La concreción de la técnica o técnicas de centralización de la contratación aplicable a cada servicio o suministro, será determinado mediante resolución del titular de la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación.

Con relación a los contratos basados, la propuesta de adjudicación, independientemente de si requieren o no de una nueva licitación, se realizará por medios telemáticos a través de la aplicación CONECTA CENTRALIZACIÓN junto con la documentación requerida en cada caso. Con carácter preceptivo deberá adjuntarse la propuesta de adjudicación firmada por el organismo interesado u órgano gestor competente y diligenciado, en su caso, por el Interventor delegado en relación con la fiscalización del expediente.