Artículo 3 DECRETO 20/20...o, Galicia

Artículo 3. DECRETO 20/2026, de 9 de marzo, Galicia

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Artículo 3. Principios de la formación profesional del sistema educativo de Galicia.

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Además de los principios establecidos en el artículo 3 de la Ley orgánica 3/2022, de 31 de marzo, y demás normativa de desarrollo, la formación profesional del sistema educativo de Galicia tiene los siguientes principios:

a) Formar a la ciudadanía para el ejercicio de una profesión o para su continuidad en el sistema educativo o formativo, facilitando así el acceso al empleo.

b) Definir una oferta integrada, acumulativa, inclusiva, personalizada y adaptada a las necesidades de la población y a las particularidades del territorio gallego, y diseñar planes de formación específicos a medida de las necesidades de las empresas u organismos equiparados.

c) Dar respuesta a las demandas de capital humano alineando las necesidades de competencias profesionales por parte de las empresas u organismos equiparados con la oferta formativa.

d) Articular la colaboración público-privada identificando las necesidades de formación y capacitación, las actuales y de futuro, implicando a las empresas o instituciones en la formación, así como en las actuaciones de difusión y de orientación profesional del Sistema de formación profesional.

e) Reconocer las competencias profesionales que adquiere la ciudadanía a través de la experiencia, el ejercicio profesional o aprendizajes no formales, favoreciendo la inserción laboral.

f) Informar a la ciudadanía y al tejido productivo de las posibilidades que ofrece la formación profesional, poniendo la orientación profesional en el centro del Sistema de formación profesional.

g) Avanzar en la investigación, en la innovación aplicada y en el emprendimiento, en colaboración con el tejido productivo gallego, favoreciendo el establecimiento de redes de investigación, innovación y excelencia.

h) Promover el intercambio de las experiencias del alumnado y del profesorado gallego en el extranjero, reforzando la presencia de lenguas extranjeras en la formación profesional.

i) Dotar de las mejores competencias docentes al profesorado de formación profesional.

j) Garantizar la excelencia en la formación profesional de Galicia.

k) Potenciar las redes de centros de formación profesional para el impulso y el desarrollo de las acciones anteriores.

l) Potenciar una profunda cultura medioambiental y profundizar en la prevención de los riesgos laborales.

m) Fomentar las vocaciones profesionales en sectores con infrarrepresentación por razón de sexo y prevenir cualquier forma de discriminación directa o indirecta, incluyendo las que puedan derivar de situaciones de discriminación múltiple o interseccional.