Articulo 3 Ejercicio de d...Voluntaria

Articulo 3 Ejercicio de determinadas actividades de las Entidades de Previsión Social Voluntaria

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Artículo 3. Cuentas anuales e informe de gestión.

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La Junta de Gobierno deberá presentar anualmente a la Asamblea General, para su aprobación, las cuentas anuales auditadas así como un informe de gestión del ejercicio.

El informe de gestión deberá contener como mínimo:

  1. Una evaluación de los mercados financieros.

  2. La rentabilidad neta obtenida en el ejercicio por la Entidad y por cada plan y una comparación con el objetivo anual de rentabilidad esperada recogido en la declaración de principios de inversión, por cada plan.

  3. Número de socios ordinarios y beneficiarios de cada plan.

  4. Las cuotas recaudadas, patrimonio acumulado y prestaciones abonadas y desglosadas por modalidades y por plan.

  5. Las modificaciones que se hayan producido en los Estatutos o Reglamentos.

  6. Las altas y bajas, movilizaciones y traslados de cada plan.

  7. Las inversiones desglosadas por cada plan, detallando aquellas a que se refiere la letra d) del párrafo 4 del artículo 11 del presente Decreto y justificando su idoneidad.

  8. Cualquier otra información relevante sobre la marcha de la Entidad.

Tanto las cuentas anuales como el informe de gestión deberán reflejar una imagen fiel de los activos, pasivos y situación financiera de la Entidad.