Legislación
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DECRETO 92/2007, de 29 de mayo, por el que se regula el ejercicio de determinadas actividades de las Entidades de Previsión Social Voluntaria. - Boletín Oficial del Pais Vasco de 15-06-2007

Tiempo de lectura: 6 min

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Ambito: País Vasco

Estado: VIGENTE. Validez desde 02 de Abril de 2024

F. entrada en vigor: 16/06/2007

Órgano emisor: HACIENDA Y ADMINISTRACION PUBLICA; JUSTICIA, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Boletín: Boletín Oficial del Pais Vasco Número 115

F. Publicación: 15/06/2007


Artículo 1. Ámbito de aplicación. Artículo 2. Cualificación y formación de los Órganos de Gobierno. Artículo 3. Cuentas anuales e informe de gestión. Artículo 4. Información y defensa de las personas socias ordinarias y personas beneficiarias. Artículo 5. Declaración de los Principios de Inversión. Artículo 6. Información a facilitar a la Administración. Artículo 7. Procedimiento de control interno. Artículo 8. Provisiones técnicas. Artículo 9. Financiación de las provisiones técnicas. Artículo 10. Exigencia de fondos propios. Artículo 11. Principios de inversión en activos aptos. Artículo 11 bis. Política de implicación. Artículo 11 ter. Activos aptos para la inversión. Artículo 11 quater. Instituciones de inversión colectiva. Artículo 11 quinquies. Criterios de diversificación de las inversiones. Artículo 11 sexies. Aplicación de criterios. Artículo 11 septies. Valoración de activos aptos. Artículo 11 octies. Otros activos aptos. Artículo 11 nonies. Adecuación del régimen de activos aptos. Artículo 12. Gestión, depósito y custodia. Artículo 13. Actividad publicitaria. Artículo 14. Orientación inversora de los planes de previsión social.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA. DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA. DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA. DISPOSICIÓN TRANSITORIA CUARTA. DISPOSICIÓN TRANSITORIA QUINTA. DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEXTA.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
DISPOSICIÓN DEROGATORIA.
DISPOSICIONES FINALES
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA. DISPOSICIÓN FINAL TERCERA. DISPOSICIÓN FINAL CUARTA. DISPOSICIÓN FINAL QUINTA. DISPOSICIÓN FINAL SEXTA.