Artículo 3 se modifican determinadas medidas autonómicas en el IRPF y la bonificación del precio de combustibles derivados del refino del petróleo y se determina la aplicación del tipo cero en el IGIC en La Palma
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»Artículo 3. Aplicación tipo cero en el Impuesto General Indirecto Canario para la recuperación de determinadas actividades en la isla de La Palma.
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Modificaciones
- Artículo modificado (3 (se deroga)) por Decreto Legislativo 1/2025, de 13 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de las normas legales aprobadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en relación con el Impuesto General Indirecto Canario y el Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias.
(CN de 20-10-2025) en vigor desde 21-10-2025
