Articulo 3 Ordenación de ...ismo rural

Articulo 3 Ordenación de los establecimientos de alojamiento de turismo rural

Ver Indice
»

Artículo 3. Ámbito de aplicación

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Este decreto será de aplicación a los establecimientos de alojamiento de turismo rural ubicados en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

2. Quedan excluidos del ámbito de aplicación de esta norma:

a) Los establecimientos que se arrienden por temporada, de conformidad con lo dispuesto en la legislación de arrendamientos urbanos.

b) La simple tenencia de huéspedes con carácter estable y el subarriendo parcial de vivienda, en los supuestos en que sea de aplicación el régimen jurídico vigente sobre arrendamientos urbanos.

c) Albergues juveniles, centros residenciales de atención social, estudiantes u otros colectivos específicos, cuyo fin no se ajuste al uso turístico.