Artículo 3 Reglamento Orgánico y Funcional del Consejo Consultivo de La Rioja
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»Artículo 3. Principios de legalidad y oportunidad.
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1. En el ejercicio de su función consultiva, el Consejo Consultivo velará por la observancia de la Constitución, del Estatuto de Autonomía y del resto del ordenamiento jurídico en cuyo conjunto normativo fundamentara sus dictámenes.
2. Asimismo, valorará aspectos de oportunidad y conveniencia, si así lo solicita expresamente la autoridad consultante.
