Articulo 3 Vocabulario común de contratos públicos -CPV-
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1. La Comisión estará asistida por el Comité instituido por la Decisión 71/306/CEE del Consejo (7) (denominado en lo sucesivo "el Comité").
2. En los casos en que se haga referencia al presente apartado, serán de aplicación el artículo 5 bis, apartados 1 a 4, y el artículo 7 de la Decisión 1999/468/CE, observando lo dispuesto en su artículo 8.
3. En los casos en que se haga referencia al presente apartado, serán de aplicación el artículo 5 bis, apartados 1, 2, 4 y 6, y el artículo 7 de la Decisión 1999/468/CE observando lo dispuesto en su artículo 8.
Modificaciones
- Artículo modificado (3) por REGLAMENTO (CE) Nº 596/2009 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 18 de junio de 2009 por el que se adaptan a la Decision 1999/468/CE del Consejo determinados actos sujetos al procedimiento establecido en el articulo 251 del Tratado en lo que se refiere al procedimiento de reglamentacion con control
(DC de 18-07-2009) en vigor desde 07-08-2009
