Articulo 30 Admisión en espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos
Articulo 30 Admisión en e...s públicos

Articulo 30 Admisión en espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos

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Artículo 30. Sanciones por la comisión de infracciones muy graves.

Vigente