Articulo 30 Ciencia y Tecnología

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Artículo 30. Plan de ciencia, tecnología e innovación.

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1. Se establece el Plan de ciencia, tecnología e innovación como instrumento fundamental de planificación y coordinación de las políticas en materia de I+D+i en Navarra.

2. El Plan de ciencia, tecnología e innovación tendrá por objeto el establecimiento de los objetivos en los ámbitos de la I+D+i en Navarra en un período temporal definido, la coordinación de los agentes y recursos disponibles y su alineación con los planes nacionales e internacionales.

3. El período de vigencia del plan será de cuatro años con carácter general.