Articulo 30 Ciencia y Tecnología
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»Artículo 30. Plan de ciencia, tecnología e innovación.
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1. Se establece el Plan de ciencia, tecnología e innovación como instrumento fundamental de planificación y coordinación de las políticas en materia de I+D+i en Navarra.
2. El Plan de ciencia, tecnología e innovación tendrá por objeto el establecimiento de los objetivos en los ámbitos de la I+D+i en Navarra en un período temporal definido, la coordinación de los agentes y recursos disponibles y su alineación con los planes nacionales e internacionales.
3. El período de vigencia del plan será como mínimo de cuatro años.
Modificaciones
- Artículo modificado (apdo. 3) por LEY FORAL 2/2026, de 23 de marzo, por la que se modifica la Ley Foral 15/2018, de 27 de junio, de Ciencia y Tecnología. (NA de 07-04-2026) en vigor desde 08-04-2026

