Articulo 30 Condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las pers...posición del público
Articulo 30 Condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los bienes y servicios a disposición del público
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»Artículo 30. Actividades de información, campañas de toma de conciencia y acciones formativas.
Vigente
Las Administraciones públicas, en el ámbito de sus competencias, desarrollarán actividades de información, campañas de sensibilización y acciones formativas y cuantas otras sean necesarias para promover la accesibilidad y la no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los bienes y servicios a disposición del público, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable en materia de consumo.