Articulo 30 D. 27/2023, de 10 de marzo, C.Valenciana, Tipología y funcionamiento de los centros, servicios y programas de servicios sociales
- Norma derogada desde el 9 de septiembre de 2026. No obstante, según dispone la D.T. 7.ª del Decreto 129/2026, de 3 de septiembre, mantendrán provisionalmente su vigencia las materias reguladas en este decreto que requieran desarrollo mediante órdenes de las consellerias competentes por razón de la materia, hasta la entrada en vigor de las mismas. - DECRETO 129/2026, de 3 de septiembre, del Consell, por el que se regulan la tipología y el funcionamiento de los centros, servicios y programas de los servicios sociales de la Comunitat Valenciana, y su ordenación dentro de la estructura funcional, territorial y competencial del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.
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»Artículo 30. Adscripción de centros, servicios y programas a niveles y demarcaciones distintas
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1. Los centros, servicios y programas de servicios sociales podrán ser adscritos a niveles funcionales y demarcaciones territoriales distintos, en función de su objeto, de la existencia insuficiente de potenciales personas beneficiarias y de las necesidades de la planificación estratégica autonómica y zonal previstas en la Ley 3/2019. En este caso será necesaria una motivación expresa de la adscripción.
2. Las convocatorias de concierto y de contratos previstas en la Ley 3/2019 estarán condicionadas a las necesidades de las demarcaciones territoriales, en relación con la planificación estratégica autonómica y zonal.

