Artículo 30 Decreto 4/20...de Galicia

Artículo 30. Decreto 4/2026, de 19 de enero, Galicia, Procedimientos de creación, modificación y disolución de museos y otros centros museísticos de Galicia

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Artículo 30. Distintivo de identificación del Sistema gallego de centros museísticos.

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1. De conformidad con lo previsto en el artículo 12 de la Ley 7/2021, de 17 de febrero, se crea el distintivo de identificación del Sistema gallego de centros museísticos. El modelo, la dimensión y los colores de este distintivo son los que figuran en el anexo V.

2. Los centros que formen parte del Sistema gallego de centros museísticos podrán exhibir en la parte exterior de la entrada principal, en un lugar visible, una placa identificativa normalizada con este distintivo.